PLAN I EMPLEO 2017 – BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, FINANCIADAS INTEGRAMENTE POR LA DIPUTACIÓN DE BURGOS, PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL POR PARTE DE LOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE BURGOS
Fecha de Publicación:
Martes, 9 Mayo, 2017
Anualidad: 2017
Fecha límite de presentación: Miércoles, 24 Mayo, 2017
La solicitud/aceptación se realizará según modelo normalizado recogido en el Anexo II de estas bases, que se presentará en el Registro General o en la Sede Electrónica (https://sede.diputaciondeburgos.es/) de la Excma. Diputación Provincial de Burgos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El objeto de la subvención es financiar los costes laborables derivados de la contratación temporal de personas desempleadas que se encuentren inscritas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social, por un período de 180 días y que cumplan los requisitos establecidos en la base quinta.
Podrán ser beneficiarios de la presente Convocatoria, los municipios de la provincia de Burgos con población igual o inferior a 20.000 habitantes que durante al año 2017 hayan contratado o contraten temporalmente, a personas inscritas como desempleados no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, para la realización de obras y servicios de interés general y social que cumplan los requisitos de contratación establecidos en la Base Quinta.
Ello conforme a la relación indicada en el Anexo I y por los importes que en el mismo se indican, establecido conforme a los criterios que se definen en la convocatoria, y que cumplan los requisitos exigidos y realicen las actividades que fundamenten su concesión.
Si, como consecuencia de los supuestos expresados en la convocatoria, existiera remanente alguno, éste será distribuido mediante Resolución de la Presidencia, en el orden establecido en el Anexo I y comenzando por el número Uno, por un importe de 5.000,00 € a cada municipio hasta agotar el remanente existente. En todo caso los municipios beneficiarios de estos remanentes estarán sujetos a las presentes bases.
Ello conforme a la relación indicada en el Anexo I y por los importes que en el mismo se indican, establecido conforme a los criterios que se definen en la convocatoria, y que cumplan los requisitos exigidos y realicen las actividades que fundamenten su concesión.
Si, como consecuencia de los supuestos expresados en la convocatoria, existiera remanente alguno, éste será distribuido mediante Resolución de la Presidencia, en el orden establecido en el Anexo I y comenzando por el número Uno, por un importe de 5.000,00 € a cada municipio hasta agotar el remanente existente. En todo caso los municipios beneficiarios de estos remanentes estarán sujetos a las presentes bases.
Los destinatarios de las contrataciones serán los trabajadores desempleados inscritos como demandantes de empleo no ocupados en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
Además de las obligaciones generales y específicas que constan en la convocatoria, los municipios subvencionados con un importe de 5.000 euros, deberán realizar, al menos un gasto total de 6.000 euros, aportando de fondos propios un importe mínimo de 1.000 euros por contrato para obtener el importe máximo de subvención. Dicha aportación deberá quedar justificada documentalmente en el expediente.
Aquellos municipios a los que se les haya concedido una subvención superior a 5.000,00 € y el contrato que hayan suscrito al amparo de esta subvención fuera de jornada completa durante todo el período, tendrán que justificar igualmente la aportación de 1.000,00 € con fondos propios. Por lo que el gasto total mínimo en este supuesto será de 11.000,00 euros.
Aquellos municipios a los que se les haya concedido una subvención superior a 5.000,00 € y el contrato que hayan suscrito al amparo de esta subvención fuera de jornada completa durante todo el período, tendrán que justificar igualmente la aportación de 1.000,00 € con fondos propios. Por lo que el gasto total mínimo en este supuesto será de 11.000,00 euros.
El importe máximo de la subvención será de 5.000,00 euros o 10.000 euros a los municipios beneficiarios de acuerdo con la distribución establecida en el Anexo I de la Convocatoria por cada contratación en un período de 180 días, pudiendo concertarse el contrato a jornada completa o a tiempo parcial, siempre que, en este caso, la jornada de trabajo sea igual o superior al 50% de la jornada ordinaria en la empresa o sector.
Serán subvencionables los costes salariales y extrasalariales (plus de transporte, dietas, kilometraje, etc.), así como los de Seguridad Social y la indemnización por finalización del contrato, derivados de la contratación temporal de trabajadores desempleados e inscritos, como demandantes de empleo no ocupados, en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.
Serán subvencionables los costes salariales y extrasalariales (plus de transporte, dietas, kilometraje, etc.), así como los de Seguridad Social y la indemnización por finalización del contrato, derivados de la contratación temporal de trabajadores desempleados e inscritos, como demandantes de empleo no ocupados, en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.